Desafíos y concepciones en materia de derecho
Manuel Alejandro Ricardone
Los estudios realizados en torno a las condiciones laborales de los trabajadores, y las regulaciones jurídicas de éste como una forma de garantizar la dignidad de las personas que lo realizan, constituyen una temática que ha sido examinada por diversos investigadores en materia de derecho.
El trabajo entendido como aquella actividad que le permite al individuo adquirir los medios y recursos suficientes para la satisfacción de sus necesidades, representa también un derecho, que le permita poder crecer de forma autónoma gozando de la dignidad y libertad en igualdad de condiciones dentro de la sociedad (Cantor Viscué, 2018). No obstante, estas atribuciones no siempre se reflejan en la realidad de todas las personas; por el contrario, un gran porcentaje de la población se ve envuelta en la incertidumbre de no contar con un trabajo que les permita sostenerse o, si lo tienen, no cuentan con los beneficios y derechos que todo trabajador debería poseer. Las problemáticas relacionadas a la falta de regulación jurídica en los distintos ámbitos laborales, resulta uno de los fenómenos que ya se visualizaron en hechos históricos con una amplia repercusión a nivel mundial, como lo fue la Revolución Industrial para dar un ejemplo, y que aún hoy continua siendo un tema que no ha sido resuelto por gran parte de los Estados.
Frente a este contexto, surgen las investigaciones de diversos autores buscando brindar nuevas interpretaciones y observaciones, sobre la ineludible relación existente entre el trabajo, la dignidad y el derecho humano, ya que se encuentran ligados por distintas concepciones jurídicas. Por otra parte, en los innumerables debates y reflexiones en los cuales se insertan estos temas, participan distintas organizaciones a nivel internacional como la OIT (Organización Internacional del Trabajo), el AISS (Asociación Internacional de la Seguridad Nacional) y la PIDESC(1) (Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), elaborando propuestas e interviniendo en las normativas y ordenamientos jurídicos que rigen la actividad laboral de los trabajadores (Mendizábal Bermúdez,G., y Jiménes López, M., 2012).
Los derechos humanos: el trabajo y la dignidad como elementos esenciales en la vida del ser humano.
Reconocer a qué llamamos derechos humanos a partir de la conceptualización y la construcción histórica de los mismos, conlleva a revisar el debate en torno al principio de la dignidad del ser humano.
Partiendo de la distinción entre los derechos y los derechos humanos que, desde un recorrido histórico se visualizó un proceso de transición de cómo los derechos pasaron a ser derechos humanos, como también su condición de ser inherentes al ser humano, debe realizarse a partir de la catástrofe producidas por la Segunda Guerra Mundial y de la mano de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), sin distinción de raza, credo, religión, nacionalidad, pensamientos políticos, etc., estableciendo la naturaleza desde donde surgen los derechos humanos. Asimismo, se debe hacer una diferencia entre aquellos de carácter intrínsecos, como lo son los derivados de las creencias religiosas, de aquellos que son extrínsecos, es decir, los que regulan los comportamientos de manera general, considerando a todas las personas por igual.
A partir del recorrido histórico desde donde se explica la importancia de los derechos humanos, en función a los naturales y haciendo hincapié en reconocer a los mismos, como aquellos que respeten las normas mínimas de la condición humana, es cuando se comienza a debatir sobre los derechos humanos desde tres ejes fundamentales: el principio de libertad, donde todos los hombres son libres; el de Justicia, que deben ser garantizados por todos los Estados y el principio de dignidad del hombre.
En este sentido, se centra la problematización en la traspolación del principio de la dignidad en el ámbito educativo, al trabajo, a lo laboral, de lo cual se desprenden las siguientes ideas a problematizar:
- El trabajo surge careciendo de dignidad, entendida como castigo y como aquella actividad que realizaban los que no tenían medios para subsistir, en dependencia de aquellos que contaban con medios suficientes y concentraban las riquezas.
- El trabajo como derecho, entendido en el marco contextual de la Revolución Industrial, donde se comienza a tener en cuenta las condiciones laborales de los obreros, como más importante que el trabajo en sí; y de esta manera, el giro interpretativo sobre el trabajo, pasaba a concebir al mismo como algo que producía daño.
La concepción sobre el trabajo que reúne ciertas condiciones para brindar dignidad al ser humano, pensada a partir del despliegue de la Revolución Industrial en los países del mundo, y posteriormente en América Latina; el trabajo estaba pensado en condiciones necesarias para la protección del trabajador, como también para el desarrollo del mismo en todas sus etapas. Por lo tanto la dignidad resulta un elemento esencial para los seres humanos como condición necesaria para la vida.
¿Qué es un trabajo decente? En 1999, uno de los directores generales de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) comienza a hacer hincapié en buscar las condiciones del trabajo decente, es decir, aquel trabajo que no perjudique a la salud, y que se base en condiciones de libertad, reconocimiento de los derechos básicos, y la ausencia de la discriminación y el hostigamiento(2).
¿Qué es trabajar? Problematizando más allá del aporte económico, ya que “No se puede concebir como un derecho corriente, mucho menos como una actividad económica y como simple elemento o fuerza de producción” (Cantor Viscué, L., 2018, p. 4), y que tendría que brindar algo más al ser humano; esto lleva a pensar ¿a qué llamamos dignidad?, podríamos considerar a la sana convivencia, entendida como la base fundamental para la existencia de una sociedad armónica, constituye el reconocimiento y el respeto a la dignidad humana que los grupos humanos otorgan e imponen los derechos esenciales para la vida. Teniendo en cuenta estos argumentos, la dignidad al trabajo no reside en el tipo de labor, sino en la persona que lo realiza y, por ende, el trabajador debe ser tratado de forma digna(3).
El derecho a la educación como garante
para obtener un trabajo digno
¿Cómo podemos ayudar a los jóvenes a acceder a un trabajo digno? En principio debemos considerar el derecho a la educación, como uno de los principales para el ser humano: la educación como formación de la persona, debe ayudar para que ésta tenga un trabajo digno y decente.
Por otra parte, la desregularización económica genera pérdida en los derechos de las personas, llevando a las mismas a buscar mecanismos para evitarla que muchas veces resulten ser violentas. Para que esto no suceda, según la Declaración de la OIT(4), los derechos humanos deben garantizar: el derecho al asociacionismo con fines útiles, que deben ser garantizados por el Estado; la eliminación de todo trabajo forzoso, por lo cual no debe haber ninguna persona en condiciones de hacinamiento, la eliminación de toda forma de discriminación; y la necesidad de políticas públicas, donde el Estado debe estar presente, manteniendo un diálogo permanente con los trabajadores a través de sus representantes en sindicatos o gremios.
A su vez, los jóvenes que pueden recibir educación, formación y continuar especializándose, tienen mayores posibilidades de acceder al derecho de un trabajo digno, y así, poder tener un desarrollo personal y de su familia, cubriendo las necesidades vitales para su progreso. Por lo tanto, educación y trabajo, actúan como medios para “garantizar niveles de vida que se aproximen a la dignidad que exige la condición humana” (Lastra Lastra, J. M., 2015, p. 79).
Pese a ello, si nos preguntarnos ¿Qué buscamos con nuestro empleo para que las futuras generaciones puedan acceder al derecho humano de un trabajo digno? Es allí donde se observa que son los jóvenes los más afectados, los cuales no pueden acceder a un trabajo digno y representan la mayor tasa de desempleo.
Albarrán, Maria Raquel
Barraza, Andrea
(1) ICESCR: International Covenant on Economic, Social and Cultural Rights (Acrónimo en inglés).
(2) Explora. Programa de Capacitación Multimedia. Trabajo Decente. Recuperado de https://www.trabajo.gob.ar/downloads/domestico/explora_fasciculo_03_trabajo_decente.pdf
(3) Un Buen Trabajo cuida la dignidad de la persona (2017). Recuperado de https://www.trabajoparaunhermano.cl/2017/09/07/decalogo-del-buen-trabajo-un-buen-trabajo-cuida-la-dignidad-de-la-persona/
(4) Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Organización Internacional del Trabajo (OIT). Recuperado de https://www.ilo.org/declaration/lang–es/index.htm
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