El régimen académico se implementa a partir del presente ciclo lectivo y constituye un marco normativo destinado a definir las trayectorias educativas de las y los estudiantes de los niveles inicial, primario y secundario, y las modalidades educativas. Es un elemento estructurante de las prácticas de enseñanza, evaluación y organización institucional de acuerdo con los lineamientos políticos que determinan los modelos educativos.

A partir del presente ciclo lectivo, todas las escuelas del Chaco comienzan a implementar un nuevo Régimen Académico común a todos los niveles y modalidades de los trayectos de la obligatoriedad. Este instrumento legal fue elaborado por el Ministerio de Educación de la Provincia a través de la Dirección General de Niveles y Modalidades, y es resultado de un proceso participativo y de consenso en el marco del trayecto de la Formación Docente Situada y en Servicio 2021, y a la luz de los procesos que se iniciaron y se profundizaron a instancias de la pandemia.
El régimen académico constituye un marco normativo destinado a regular las trayectorias educativas de las y los estudiantes, y los modos en que se realiza el recorrido educativo en las instituciones de los diferentes niveles. Es un elemento estructurante de las prácticas de enseñanza, evaluación y organización institucional, de acuerdo con los lineamientos políticos que determinan los modelos educativos. El nuevo régimen presenta especificaciones para cada nivel y modalidad y apunta a poner en el centro de las definiciones normativas las trayectorias reales de las y los estudiantes, repensar los enfoques y las formas de enseñar y avanzar en una reconfiguración institucional. Esta normativa se orienta a garantizar el acceso, la permanencia y el egreso de los niños y niñas, adolescentes, jóvenes y adultos en los niveles educativos obligatorios, y parte de la premisa de que garantizar el derecho social a la educación supone el esfuerzo y el compromiso de generar respuestas coherentes con la justicia curricular que implica dicha garantía.
TRABAJO DOCENTE INTEGRADO
Este nuevo instrumento promueve el trabajo conjunto de las y los educadores, mediante la conformación de equipos de enseñanza y evaluación, estableciendo períodos de trabajo institucional del colectivo docente para la planificación, el seguimiento y la evaluación de la enseñanza, y avanzar hacia la integración del trabajo pedagógico en función de la centralidad del sujeto que aprende. Se trata de un esquema que los y las docentes ya comenzaron a incorporar en las últimas jornadas institucionales que tuvieron lugar antes del inicio del período lectivo; allí dieron los primeros pasos para la reorganización de la enseñanza, en el marco de la implementación de este nuevo régimen. La directora general de Niveles y Modalidades, Sonia Soto, afirmó que el sistema estaba «anclado en una concepción del conocimiento y del aprendizaje fragmentaria. Nuestra dificultad en el sistema educativo, por historia y tradición, es incorporar un concepto de conocimiento más integrado. Necesitamos reestructurar la organización institucional; entonces pensamos, a partir de las experiencias de regímenes académicos de otras jurisdicciones, en la necesidad de conformar equipos de enseñanza y evaluación, pero no en torno de los contenidos, como ocurre en los departamentos de materias afines, que están al margen de los procesos de aprendizaje, sino una organización alrededor de los estudiantes».
Los equipos de enseñanza y evaluación estarán organizados por curso, división o ciclo, dependiendo de las dimensiones de cada institución y de su Planta Orgánica Funcional (POF). Esta configuración supone la corresponsabilidad de las y los docentes sobre la propuesta escolar y la trayectoria de las y los estudiantes; es de construcción conjunta y, como se mencionó anteriormente, requiere espacios y tiempos de trabajo entre docentes, ya previstos en el Calendario Escolar 2022.
TRAYECTORIAS TEÓRICAS
VERSUS TRAYECTORIAS REALES
El nuevo régimen académico define las condiciones institucionales que posibilitan trayectorias escolares continuas y completas para todas/os las y los estudiantes. Al respecto, Soto señaló que, ya desde la sanción de la Ley Nacional de Educación, «se han puesto en tensión y en discusión los modos en que se definió históricamente la trayectoria teórica de los y las estudiantes, es decir, cómo los y las estudiantes de los niveles obligatorios atraviesan su escolaridad». «Fundamentalmente, lo que se advirtió entonces, y que se intenta rectificar a partir de este nuevo régimen académico, es la discordancia o distanciamiento entre la trayectoria teórica definida y lo que efectivamente ocurre con el estudiante y sus procesos de aprendizaje, es decir, su trayectoria real». A partir de este nuevo instrumento, se piensa la trayectoria de un estudiante «como una continuidad, que empieza en el nivel inicial y se despliega a lo largo de los demás niveles». Al inicio del período lectivo se desarrollará en cada escuela, durante 8 semanas, lo que se denomina Período de articulación e intensificación de los aprendizajes. En este período, los equipos de enseñanza y evaluación recuperan información sobre el estado de la trayectoria real del/la estudiante, considerando su paso por el nivel/ ciclo/ año/ grado anterior, a fin de orientar la planificación del año en curso, considerando los saberes no consolidados para desplegar las estrategias de acompañamiento necesarias. Asimismo, se desarrollarán estrategias de acompañamiento a las y los estudiantes que ingresan al nivel. Finalizado este período, cada equipo emitirá el primer Informe Pedagógico.

TRAYECTORIAS EN RIESGO Y ACOMPAÑAMIENTO
Se deben establecer estrategias para la identificación temprana de riesgos pedagógicos y pautas para las alternativas de acompañamiento a las trayectorias educativas. El instrumento incluye, en la definición del estudiante regular, la figura del estudiante regular con trayectoria asistida, y será responsabilidad del equipo de enseñanza y evaluación incluirlo en un plan de acompañamiento para trabajar con propuestas de intensificación. «Desde la cartera educativa se pondrán en marcha diferentes dispositivos (jornada extendida, digital o presencial, tutorías) para que los equipos docentes tengan el camino allanado para poder hacerse cargo de todas las trayectorias y de estas aulas heterogéneas», confirmó la directora general de Niveles y Modalidades.
LA UNIDAD PEDAGÓGICA Y LA REPITENCIA
En el cuerpo del nuevo instrumento se puede leer una reflexión sobre la repitencia escolar: «La experiencia acumulada demuestra que repetir no constituye verdaderamente una nueva oportunidad para aprender. Los estudiantes que repiten frecuentemente desaprueban incluso espacios curriculares que ya habían aprobado el año anterior. Es sabido que el fenómeno de la repitencia, producido en forma reiterada, conduce al abandono escolar». Al respecto, Sonia Soto aclaró que el nuevo régimen no elimina la repitencia, «pero la deja a criterio de una decisión límite que debe tomar el equipo de enseñanza y evaluación, en función de una evaluación precisa del estado de la trayectoria escolar y de las posibilidades de avanzar en la consecución de los propósitos formativos que se prevén para el ciclo o año».
Lo que se busca en definitiva es «romper la lógica de simplemente contar la cantidad de materias para el pasaje de año o grado». «Nosotros advertíamos que el sistema mismo tiene contradicciones, tales como que un estudiante se lleva (no aprueba) Matemática de 1º año; aprueba Matemática de 2º, 3º y 4º; llega a 5º año y tiene aún pendiente Matemática de 1º. Ahí existe un problema de organización del sistema educativo, no del estudiante», reflexiona Soto. «Si yo, como docente de 2º año, estoy en condiciones de aprobarlo en Matemática de 2º, ¿cómo es posible que ese alumno continúe en condición de desaprobado en Matemática de 1º? ¿Cómo es posible que yo, docente de 2º, no pueda evaluar los procesos de aprendizaje vinculados al espacio que estoy desarrollando con ese alumno en un grado superior y acreditar, si considero pertinente, el espacio curricular anterior? Esto es lo que estamos habilitando en el régimen académico, tratando de darle coherencia al desarrollo curricular dentro de cada nivel», explicó.
Aunque no de forma tan explícita como en el ejemplo dado por Sonia Soto, similar situación se presenta con otros espacios curriculares, por lo que los mismos fueron divididos en Espacios curriculares y áreas correspondientes al Campo de Formación General y espacios del Campo de Formación Específica, organizados en forma graduada, en función de una complejidad creciente de un año al siguiente, para el desarrollo de las capacidades vinculadas a cada campo del conocimiento. Estos espacios conforman unidades pedagógicas y, en caso de que el/la estudiante no acredite los saberes correspondientes a un año, podrá hacerlo en el año siguiente, en el marco del Plan de Acompañamiento a las trayectorias.